El estado de las cosas

El Tribunal Oral en lo Penal de Villarraca dio por acreditado que, durante la madrugada del 22 de agosto de 2023, el condenado agredió a su pareja tras una discusión en el domicilio que compartían en el sector El Tume.

  • La víctima murió por un traumatismo encéfalo craneano, según el Servicio Médico Legal de Temuco.
  • Horas después, el acusado usó sustancias acelerantes para incendiar la vivienda, mientras el cuerpo aún estaba sobre una cama. El inmueble quedó destruido y el cadáver carbonizado.
  • La pareja tenía dos hijos en común y la relación se extendió por casi dos décadas, período en el que, según la sentencia, hubo violencia habitual.

Los números que importan

  • Presidio perpetuo simple para el femicidio íntimo: implica un mínimo de 20 años de cárcel antes de poder optar a libertad condicional.
  • 15 años de presidio efectivo por el delito de incendio de lugar destinado a habitación.
  • El tribunal ordenó la toma de muestras biológicas para incluir su huella genética en el Registro Nacional de Condenados.

Lo que dice

Las magistradas María Cecilia Zapata Pavez, Alejandra Rosas Lagos y Adriana Knopel Jaramillo fallaron de manera unánime. Establecieron que la responsabilidad del acusado quedó acreditada "más allá de toda duda razonable", según el texto de la sentencia.

La Fiscalía presentó prueba testimonial que respaldó el contexto de violencia física y psicológica habitual que el condenado ejercía contra la víctima durante los casi 20 años de relación. Este antecedente fue clave para la calificación del delito como femicidio íntimo.

Lo que viene después

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se procederá al ingreso de la huella genética del sentenciado al registro nacional de ADN. El condenado deberá cumplir ambas penas de forma consecutiva, y quedará sujeto a la vigilancia de la autoridad por el máximo que establece el Código Penal.