Corte confirma 7 años de cárcel a carabinero por disparo ocular
El panorama general
El incidente ocurrió el 28 de octubre de 2019, en el contexto del estallido social chileno. Carvajal disparó a González mientras había un saqueo a una multitienda en Alameda con San Antonio. La fiscal Ximena Chong lideró la investigación, la misma que llevó el caso de Gustavo Gatica, donde otro carabinero resultó absuelto tras acogerse la legítima defensa.
Lo que dice la justicia
La Octava Sala de la Corte descartó que existiera una agresión ilegítima previa, requisito indispensable para cualquier hipótesis de legítima defensa. La sentencia sostiene que el oficial actuó sin ajustarse a su normativa reglamentaria.
Además, el tribunal rechazó el argumento de la defensa sobre una presunta infracción al principio de congruencia por la distancia del disparo. La propia defensa probó que el tiro fue a 13,9 metros, no a una distancia menor como se manejaba en la acusación original.
Entre líneas
El tribunal estableció que Carvajal actuó con dolo directo, no por un acto reflejo. La evidencia clave:
- Disparó una primera vez y causó la herida ocular.
- Luego, a corta distancia y por la espalda, efectuó un segundo disparo contra la víctima.
La resolución señala que no es verosímil sostener "actos reflejos consecutivos". La condena es por apremios ilegítimos calificados, un delito que no considera atenuantes de función policial.
La reacción inmediata
Brandon González relató que tras recibir el impacto cayó al suelo y continuó siendo atacado por el mismo oficial. El funcionario nunca estuvo detenido durante la tramitación de la causa. La defensa había invocado un veredicto previo favorable a otro carabinero, pero la Corte consideró que los hechos de este caso son “absolutamente incompatibles” con una legítima defensa.
Qué sigue
Carvajal deberá cumplir los siete años de presidio efectivo. Al confirmarse la sentencia, la defensa podría recurrir a la Corte Suprema, aunque el fallo de segunda instancia es unánime y desestimó todos los argumentos de nulidad.