Por qué importa

La decisión judicial refuerza un principio clave para la regulación televisiva chilena: los canales deben evitar contenido violento o explícito cuando hay audiencia infantil, incluso si se trata de noticias en vivo.

  • El audio se reprodujo dos veces en el matinal, con un generador de caracteres que decía “Exclusivo: el llamado de auxilio al 133”.
  • Los conductores pidieron a los espectadores atender la “evolución de la angustia de la víctima”.
  • Seis denuncias ciudadanas llevaron a la sanción del CNTV.

El estado de las cosas

El caso se originó en marzo de 2025, cuando Mega informó sobre el asesinato de un matrimonio de agricultores en Graneros, región de O’Higgins. Además del Mucho Gusto, el canal emitió una nota similar en Meganoticias Alerta esa misma jornada, por la que recibió otra multa de 400 UTM.

La Corte consideró que ver imágenes o escuchar audios cruentos provoca miedo y angustia directa en menores, afectando su desarrollo normal. Los ministros Guillermo de la Barra, Lidia Poza y Pablo Toledo descartaron que la sanción fuera ilegal o desproporcionada.

Entre líneas

El fallo no cuestiona el derecho a informar, sino que delimita su ejercicio en horario protegido. El tribunal señaló que, ante el conflicto entre libertades, el bien jurídico de la niñez tiene preeminencia.

Días antes, la misma sala absolvió a Chilevisión por un caso similar relacionado con el mismo crimen, lo que sugiere que la evaluación de cada emisión depende del contenido específico y del tratamiento editorial.

Lo que viene después

La multa queda firme y Mega deberá pagar cerca de $30 millones. El precedente refuerza la postura del CNTV de fiscalizar con mayor rigurosidad los matinales y noticieros en horario infantil. Otros canales podrían ajustar sus políticas de emisión para evitar sanciones similares.