Cómo llegamos aquí

Durante la tarde del 15 de noviembre de 2019, Leppez terminó su turno en una tienda de construcción y caminó hacia su casa por desvíos del transporte público. Al pasar por el puente Pío Nono, comenzó a fotografiar una manifestación. Carabineros llegó a dispersar y uno de ellos disparó una lacrimógena a unos ocho metros de distancia.

  • El impacto le causó fractura de órbita ocular, fractura nasal desplazada, subluxación del tabique y pérdida total de visión en el ojo derecho.
  • La jueza Carolina Montecinos concluyó que la protesta era pacífica antes de la llegada de la policía.
  • El tribunal determinó que no existía una actitud agresiva del trabajador que justificara el uso del arma no letal.

El dato clave

La indemnización se desglosa en $50 millones para la víctima por daño moral y $10 millones para cada una de sus dos hijas. El fallo consideró la gravedad de las lesiones, la incapacidad permanente y el impacto emocional en las menores.

Entre líneas

La sentencia contradice la narrativa oficial de que las manifestaciones de 2019 eran violentas por defecto. Al acreditar que la protesta se desarrollaba pacíficamente antes de la intervención policial, el tribunal establece que el uso de la fuerza fue desproporcionado desde el inicio, no solo en su intensidad.

Lo que cambia

Este fallo refuerza la jurisprudencia que obliga al Estado a responder por daños causados por Carabineros durante el estallido. Aunque la compensación es millonaria, no sienta un precedente vinculante para otros casos, pero sí aumenta la presión sobre el Fisco para llegar a acuerdos extrajudiciales.