TC rechaza hábeas corpus de Pedro Castillo para anular condena
GestiónPor qué importa
La decisión cierra una de las últimas vías legales que le quedaban a Castillo para impugnar su condena antes de que se resuelva la apelación ordinaria. Al rechazar el recurso por improcedente, el TC evita pronunciarse sobre el fondo del caso, lo que refuerza la separación entre la jurisdicción constitucional y la penal.
- El TC sostiene que los argumentos de la defensa implican evaluar si la conducta de Castillo encaja en el delito de rebelión, cuestión que compete solo a los jueces penales.
- La privación de libertad de Castillo no se basa en una imputación vigente, sino en una condena de 11 años y 5 meses por conspiración para la rebelión dictada en primera instancia.
Lo que no se dice
La defensa de Castillo insistió en que su cliente no se levantó en armas —solo leyó un mensaje anunciando el cierre del Congreso—, pero el TC no analizó ese argumento. El tribunal se limitó a declarar la demanda improcedente por razones formales, sin entrar al mérito de si la conducta constituye o no rebelión. Esto deja sin resolver una discusión jurídica clave: cuándo un anuncio político puede considerarse un acto de rebelión sin violencia física.
El estado de las cosas
Actualmente, Pedro Castillo cumple prisión preventiva en el penal de Barbadillo mientras su caso avanza en la justicia ordinaria. La sentencia de primera instancia aún no es firme, y su defensa puede apelar. Los dos magistrados del TC que votaron en disenso propusieron debatir el caso en audiencia pública antes de decidir, pero la mayoría optó por rechazar el recurso de plano.
Lo que viene después
La defensa de Castillo podría presentar un nuevo recurso ante el TC, aunque las posibilidades de éxito son bajas tras este precedente. En paralelo, la Corte Suprema deberá resolver la apelación de la condena por conspiración. Mientras tanto, Castillo sigue detenido a la espera de ese pronunciamiento.