El origen del conflicto
Todo comenzó con el decreto supremo que aprobó un Contrato Especial de Operación de Litio (CEOL) para Minera Ascotán SpA, sociedad donde Codelco es socia no controladora junto a la privada Quiborax. Al enviar el decreto a la Contraloría para su toma de razón, el organismo lo rechazó el 22 de abril de 2026 mediante el Oficio 78132.
El reparo central: Codelco debió dictar un acto administrativo formal antes de constituir la sociedad, y someterlo a control previo de legalidad. La estatal rechaza esa interpretación.
Lo que está en juego
El caso pone sobre la mesa un debate sobre el límite entre el control estatal y la autonomía de gestión de las empresas públicas. En juego están:
- La certeza jurídica para que Codelco pueda asociarse y competir en el mercado internacional del litio.
- El precedente que sentará esta disputa sobre el alcance de la fiscalización de la Contraloría en filiales y coligadas.
- La Estrategia Nacional del Litio, que depende de alianzas público-privadas como la de Ascotán.
La Contraloría ya había fijado un criterio similar en diciembre de 2025, cuando tomó razón del acuerdo Codelco-SQM para el Salar de Atacama. Allí estableció que las empresas con participación estatal mayoritaria siguen sujetas a su control en materias de derecho público.
La postura de Codelco
En su recurso, asesorado por el estudio Carey, la cuprífera sostiene que:
- Ha actuado siempre bajo normas de derecho privado, como permite su estatuto legal (DL 1.350).
- Nunca en sus 50 años de existencia ha dictado actos administrativos ni sometido sus pactos societarios a toma de razón.
- La Contraloría tampoco lo exigió antes, pese a haber revisado en múltiples ocasiones actos relacionados con filiales o coligadas.
La empresa califica la exigencia como “completamente extraña y ajena al carácter empresarial de Codelco” y necesaria para competir en un mercado internacional dinámico.
Qué sigue
La Corte de Apelaciones acogió a trámite el recurso y solicitó un informe a la Contraloría. El tribunal deberá resolver si la exigencia del órgano fiscalizador vulnera la libertad económica de Codelco. La resolución podría sentar un precedente clave para la relación entre las empresas estatales y los organismos de control en Chile.