Consejo de Estado mantiene firme la elección de De la Espriella
SemanaLa razón legal
Para negar la suspensión provisional, el Consejo de Estado comparó directamente el acto de elección con la Constitución y las pruebas presentadas. La sala concluyó que no existe, en esta etapa inicial, una amenaza evidente a los derechos colectivos ni una violación clara de la ley.
- Inhabilidad no demostrada: La Constitución exige ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de 30 años. De la Espriella cumple los tres requisitos.
- Juramento presidencial: No es un requisito para ser elegido ni una causal de inhabilidad, sino un acto posterior que se realiza al posesionarse.
El argumento desestimado
La demanda sostenía que la naturalización de De la Espriella en Estados Unidos sería incompatible con el compromiso que debe asumir al tomar posesión. El tribunal respondió que no se puede crear una prohibición mediante interpretación donde la Constitución o la ley no la han establecido explícitamente. Agregó que las pruebas futuras no permiten dar por demostrado, desde ahora, el supuesto jurídico que justificaría la suspensión.
Lo que sigue
Con la negativa de las medidas cautelares, la posesión de De la Espriella sigue en firme para mañana en Cali. Las demandas de fondo continúan su curso judicial, pero su resolución no afecta el acto de mañana.
Personas clave
Abelardo de la Espriella


