Por qué importa
El fallo reconoce que el mal funcionamiento del sistema de emergencias puede significar una pérdida concreta de oportunidades de vida para los pacientes. Esto sienta un precedente sobre la responsabilidad del Estado cuando los protocolos no se cumplen.
Los números que importan
La indemnización por daño moral se distribuyó así:
- 30 millones para la cónyuge del fallecido.
- 20 millones para cada uno de sus tres hijos.
Lo que no se dice
El tribunal no solo reprochó los plazos. También cuestionó que las ambulancias que llegaron al lugar no tuvieran oxígeno ni equipamiento básico para traumas graves, que no se gestionara una unidad avanzada y que el paciente fuera derivado a un centro de salud primario sin capacidad quirúrgica. Según el fallo, pasaron más de tres horas antes de que ingresara al Hospital Regional y fuera intubado.
El estado de las cosas
El Servicio de Salud deberá pagar la suma ordenada, pero el fallo deja en evidencia las fallas estructurales en la atención prehospitalaria de la región. La sentencia señala que las omisiones no fueron un mero incumplimiento abstracto de protocolos, sino una acción que afectó directamente la sobrevida del paciente.