Por qué importa
Este es el cuarto frente climático en dos semanas, pero el primero que golpea con fuerza la zona centro-norte, donde viven millones de personas. Conectividad vial cortada, transporte suspendido y riesgos de aluviones hacen que muchos trabajadores no puedan trasladarse. La aclaración de la DT entrega certezas jurídicas tanto a empleados como a empresas en medio de la emergencia.
Lo que dice la ley
- Justificación obligatoria: el trabajador debe avisar a su jefatura y explicar por qué no puede asistir (corte de ruta, colapso del transporte, riesgo evidente).
- Prohibición de sanciones: si la ausencia está justificada, no procede despido ni descuento de remuneraciones.
- Suspensión de labores: si existe riesgo para la seguridad, el empleador debe suspender las faenas hasta que las condiciones sean seguras.
“Cuando las condiciones permitan continuar trabajando de forma segura, es el momento en que debemos hacerlo, no antes. La ley es clara y debemos cumplirla”, dijo Oddó.
Qué hacer si no puedes ir al trabajo
- Avisa a tu jefatura en cuanto sea posible, explicando el motivo.
- Guarda evidencia de la situación (fotos, comunicados oficiales, registros de cortes).
- Usa el canal oficial: si enfrentas problemas con tu empleador, escribe a dtfrentemaltiempo@dt.gob.cl.
- Consulta en el sitio web de la DT (www.direcciondeltrabajo.cl) o llama al 600 450 4000.
La reacción inmediata
El ministro del Trabajo, Tomás Rau, llamó a la “tranquilidad” y aseguró que el Gobierno está coordinado para fiscalizar el cumplimiento de la norma. El empleador que obligue a trabajar en condiciones inseguras arriesga multas calificadas como “gravísimas”.