El panorama general
La megarreforma incluye cambios al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El punto más cuestionado establece que, si una RCA es anulada judicialmente, el Estado debe compensar al inversionista por gastos directos, efectivos y no recuperables. La oposición sostiene que esto crea un "estatuto privilegiado" para grandes proyectos y debilita la protección ambiental.
Lo que dicen
- Ministra Toledo: "Esto es una muy buena señal que estamos entregando de un compromiso con la inversión y con las resoluciones de calificación ambiental". Descarta que sea un trato preferente y afirma que el Gobierno responderá ante el TC con los argumentos ya planteados.
- Oposición: Señala que la norma beneficia solo a los titulares de proyectos, vulnera la igualdad ante la ley y genera un régimen excepcional.
El dato clave
El mecanismo de indemnización se activa solo cuando la RCA se anula después de su otorgamiento, y cubre gastos directos, efectivos y no recuperables. No incluye lucro cesante ni beneficios esperados. La discusión jurídica se centra en si esa compensación rompe el principio de igualdad frente a otros actores que también pueden sufrir daños por decisiones ambientales.
Qué sigue
El TC iniciará el proceso de admisibilidad y luego deberá resolver el fondo del requerimiento. El Ejecutivo, según la ministra, presentará sus descargos en los plazos legales. Mientras tanto, la disposición sigue vigente, a la espera de que el tribunal decida si suspende su aplicación de forma provisoria.