Lo que sabemos (y lo que no)
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo consideró que los actos por los que se juzgó a Serret están amnistiados. La resolución especifica que el Tribunal Constitucional no anuló el artículo 1.1 de la ley, sino que interpretó su aplicación.
- Serret había sido condenada en abril de 2023 a:
- 12.000 euros de multa (cuota diaria de 50 euros durante 8 meses).
- Un año de inhabilitación especial para cargos públicos.
Ahora, el tribunal declara extinguida cualquier responsabilidad penal que pudiera haber contraído.
El panorama general
El caso de Serret es el primero de este tipo resuelto por el Supremo tras el aval del TJUE a la Ley de Amnistía. La defensa de Serret recurrió su condena argumentando que la ley debía aplicarse, y el alto tribunal ha aceptado ese recurso. ERC considera que la resolución “avala la estrategia sólida” que siguieron con la norma.
La decisión abre la puerta a que otros ex altos cargos del 1-O también se beneficien de la amnistía, aunque cada caso se analiza de forma individual.
Lo que dicen
ERC emitió un comunicado celebrando la resolución. Señaló que “ya era inevitable” que el Supremo aplicara la ley tras el fallo del TJUE, y pidió el mismo tratamiento para el resto de encausados. El partido reclama restaurar derechos políticos y permitir el regreso de los exiliados.
Qué sigue
El Supremo deberá pronunciarse sobre los recursos de otros exconsellers y dirigentes procesados por el 1-O. La aplicación de la amnistía a Serret sienta un precedente, pero no garantiza un resultado idéntico para todos. Queda por ver si el tribunal mantiene este criterio en casos de mayor gravedad, como los de malversación o sedición (ya derogada).