La Justicia suspende dos artículos de la reforma laboral
El juez federal Martín Cormick suspendió cautelarmente los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802, que modificó reglas sobre costas y pagos de sentencias laborales.
La decisión responde a un pedido del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, respaldado por una treintena de entidades profesionales del interior.
La suspensión rige por tres meses o hasta que haya sentencia definitiva, lo que ocurra primero; no constituye una declaración definitiva de inconstitucionalidad.
¿Qué cambios quedaron en pausa?
El artículo 10 modificó la Ley de Contrato de Trabajo: ante una sobreestimación inexcusable de los créditos reclamados, el abogado podía responder solidariamente con su cliente por las costas.
El artículo 56 habilitó pagar en cuotas las sentencias condenatorias; el fallo señaló incertidumbre sobre si esa autorización también alcanza a los honorarios, que integran las costas.
Según el planteo de los colegios, las disposiciones podían afectar el ejercicio profesional y la defensa de los trabajadores, al exponer a los abogados a riesgos patrimoniales y alterar el cobro de sus honorarios.
¿Qué sigue en el proceso?
La cautelar mantiene en suspenso las disposiciones mientras avanza la causa; el fallo no resuelve de manera definitiva la validez de los artículos cuestionados.
La resolución incorporó al Ministerio de Justicia como interviniente para notificarle la medida y asegurar su derecho de defensa.