El panorama general
Los municipios chilenos tienen la obligación legal de inspeccionar y conservar los árboles en la vía pública. Esta omisión, según el tribunal, constituye una “falta de servicio” que puede generar condenas millonarias cuando ocurren accidentes evitables.
El dato clave
El juez Raúl Orellana Placencia rechazó el argumento del municipio de que la caída fue imprevisible. La sentencia señala que el desplome “solo se explica por una deficiente conservación o supervisión”, y no por un evento externo.
Las consecuencias
El tribunal detalló las secuelas sufridas por las víctimas para fijar el monto:
- La menor requirió una cirugía de cráneo, controles médicos prolongados y quedó con secuelas físicas y emocionales.
- La madre también resultó lesionada y presenció el impacto directo en su hija.
La indemnización de $25 millones corresponde solo a daño moral. No se informan montos por daños materiales.
Lo que viene después
Esta sentencia puede servir como precedente para otras demandas contra municipalidades por negligencia en el mantenimiento de espacios públicos. El fallo deja claro que la falta de prevención no se ampara en la excusa de “fuerza mayor”.