Cómo llegamos aquí
El conflicto comenzó cuando Cruz Blanca reajustó el precio del plan de la afiliada usando una tabla de factores basada en normas que el Tribunal Constitucional derogó en 2010. En 2021, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección y declaró ilegal esa práctica. Luego, la afiliada demandó indemnización por daño emergente.
- Periodo de cobro excesivo: abril de 2017 a julio de 2021.
- Monto inicial fijado por Corte de Apelaciones: 384.234 UF.
- Monto final tras corrección de Corte Suprema: 550.749 UF.
El dato clave
La Primera Sala invalidó de oficio la sentencia anterior al detectar un error en el cálculo. El tribunal sostuvo que la ilicitud de usar una tabla obsoleta constituye un incumplimiento contractual, y que la devolución debe cubrir todas las cotizaciones pagadas en exceso hasta que la isapre modificó el plan en agosto de 2021. Además, descartó la defensa de Cruz Blanca de que actuó conforme a la normativa vigente, pues ya existían fallos que cuestionaban esa práctica.
Qué sigue
La isapre deberá pagar el monto con los intereses correspondientes una vez que incurra en mora. El caso se suma a otros donde tribunales han ordenado devoluciones similares, lo que presiona al sistema de isapres a ajustar sus modelos de cálculo a la legalidad vigente.