El trasfondo
La incautación ocurrió el pasado 4 de mayo, cuando la PDI allanó el domicilio de Romántico Viajero SpA, sociedad controlada por Correa, y otras propiedades. Correa —que además es abogado— argumentó que la orden judicial carecía de fundamentación y que no se le había formalizado como imputado.
- Correa posee el 21,4% de Azul Azul a través de Romántico Viajero.
- El recurso fue presentado primero en la Corte de Apelaciones de Santiago, que también lo rechazó.
Lo que dice la Corte
El máximo tribunal descartó una actuación ilegal. Entre los argumentos del fallo destacan:
- La exigencia de fundamentación en etapas preliminares se satisface con los antecedentes presentados al juez de garantía, y la argumentación complementaria puede hacerse después.
- Para incautar objetos no se necesita que el afectado sea imputado; basta con que los dispositivos puedan contener elementos relacionados con el delito investigado.
- Correa, al ser el único socio y representante legal de Romántico Viajero, debía asumir que el allanamiento de su oficina —también su estudio jurídico— implicaba riesgos legales.
Entre líneas
El fallo deja en evidencia que la estrategia de Correa de impugnar la incautación por supuesta ilegalidad no prosperó. La Corte validó el criterio de que una persona jurídica investigada no puede evitar la revisión de los dispositivos de su representante legal solo porque este no figure como imputado individual.
Además, la sentencia fue dividida (tres votos a favor, dos en contra), lo que muestra que hubo discusión interna sobre los límites de estas medidas en etapas tempranas.
Qué sigue
Con el recurso rechazado, los equipos incautados —cuyas claves Correa se negó a entregar— quedan a disposición del Ministerio Público. La investigación del Caso Sartor continúa, y la fiscalía podrá intentar acceder al contenido mediante peritajes. La resolución también refuerza el precedente sobre allanamientos a sociedades vinculadas a personas sin formalización previa.