Isapres deberán emitir bonos si falla la identificación biométrica
Desde el 1 de diciembre de 2026, las isapres deberán emitir bonos electrónicos aunque no puedan validar la identidad del afiliado con huella digital ni con el mecanismo alternativo.
La obligación está establecida en la Circular IF/N°534 de la Superintendencia de Salud y busca evitar que las fallas de identificación impidan acceder a una atención médica.
En esos casos, la identidad podrá verificarse con la cédula de identidad o sus elementos, como el número de documento o el código QR.
¿Qué requisitos tendrá la alternativa?
El mecanismo auxiliar deberá estar permanentemente disponible y operativo, y ser suficiente por sí solo para validar la identidad de la persona.
La instrucción complementa una norma de 2024, que ya exigía a las aseguradoras contar con una alternativa a la lectura de huella digital.
¿Qué medidas podrán tomar las isapres?
Las gestiones administrativas para investigar o corregir una falla deberán realizarse después de emitir el bono, no antes de la atención médica.
Las isapres no podrán exigir que el afiliado acredite una enfermedad o una situación particular para venderle el bono.
Si la dificultad para validar la huella es permanente por edad, salud o características físicas, la solución también deberá serlo; una opción es liberar la huella del sistema. Si es temporal, podrá mantenerse mientras persista.