El estado de las cosas
El Decreto 802 fue expedido el 23 de julio de 2026, en el marco de la declaratoria de desastre nacional por el fenómeno de El Niño. Las dos disposiciones suspendidas son:
- El parágrafo del artículo 4, que permitía al Ministerio de Hacienda modificar la distribución del Presupuesto General de la Nación.
- El inciso segundo del artículo 5, que habilitaba traslados “indeterminados” entre partidas presupuestales fijadas por la Ley Anual de Presupuesto de 2026.
El Consejo de Estado consideró que el Gobierno invadió competencias del Legislador, al no estar bajo un estado de excepción ni contar con una ley que autorizara esos movimientos.
Por qué importa
La decisión protege el equilibrio de poderes y la transparencia en el manejo de recursos públicos. Sin el aval del Congreso, estos traslados podrían haber reconfigurado el presupuesto de 2026 sin debate democrático ni identificación clara de las partidas afectadas. Además, la UNGRD acumula antecedentes de corrupción que hacen aún más relevante el control fiscal y legislativo.
Entre líneas
El alto tribunal descartó que el Gobierno pudiera sustentar los traslados en el artículo 50 de la Ley 1523 de 2012 (norma sobre gestión del riesgo). Según el auto, esa ley solo obliga al Ministerio de Hacienda a garantizar recursos dentro del proceso ordinario de programación presupuestal, no a realizar traslados fuera de ese trámite. La Sala también advirtió que el decreto no especificaba qué partidas serían afectadas, lo que dificulta cualquier control posterior.
Lo que dicen
La senadora María Clara Posada, del Centro Democrático, argumentó que el decreto atentaba contra el principio de legalidad presupuestal y la deliberación democrática. El Consejo de Estado, al conceder la medida cautelar de urgencia, respaldó esa postura al señalar que “esas disposiciones no se limitaron a regular la ejecución de recursos ya aprobados por ley, sino que habilitaron al Ministerio de Hacienda para modificar la distribución de las apropiaciones fijadas por el Congreso mediante traslados indeterminados”.
Qué sigue
La suspensión es provisional. El Consejo de Estado deberá fallar de fondo sobre la legalidad del Decreto 802. Mientras tanto, el Gobierno no podrá usar esas dos normas para mover recursos a la UNGRD. La decisión final podría sentar un precedente sobre los límites del Ejecutivo al manejar el presupuesto en situaciones de desastre.