El estado de las cosas
El tribunal no ha suspendido el acto, pero sí activó un proceso de revisión acelerado. Las entidades requeridas deben remitir documentos y explicaciones sobre:
- El acuerdo formal entre el Senado y la Cámara de Representantes para el cambio de sede.
- Los costos estimados, el soporte presupuestal y la ejecución de recursos públicos.
- Los planes de seguridad, logística y gestión del riesgo para el evento en Cali.
Hasta que el tribunal resuelva la solicitud de medida cautelar de urgencia, la posesión sigue en pie. La audiencia de pruebas podría definirse en cuestión de horas.
Lo que está en juego
La acción popular no solo cuestiona el lugar de la posesión, sino la legalidad y transparencia de todo el proceso de traslado. El demandante sostiene que no existe información pública, verificable y certificada sobre la decisión del Congreso. Si el tribunal concede la cautelar, el evento tendría que reprogramarse o cambiar de sede, lo que implicaría un reordenamiento de última hora para la investidura presidencial.
Entre líneas
La demanda expone un vacío de rendición de cuentas: el Congreso aprobó el traslado el 29 de julio, pero hasta ahora no ha divulgado los estudios de costos ni los protocolos de seguridad. El tribunal exige esa información justo cuando la logística ya está en marcha. El caso plantea si la decisión política de descentralizar el acto puede ejecutarse sin cumplir los controles administrativos previos.
Qué sigue
Las autoridades tienen un plazo perentorio para responder, y el tribunal debe pronunciarse sobre la medida cautelar antes del viernes 7 de agosto. Si la cautelar se concede, la posesión en Cali quedaría suspendida. Si se niega, el evento sigue adelante, pero la acción popular continuará su trámite ordinario. En cualquier escenario, la controversia judicial ya marca el arranque del mandato de De la Espriella.