El estado de las cosas
- Las multas propuestas van de 5 a 50 UTM (hasta unos 3,5 millones de pesos), según la gravedad del caso.
- El procedimiento parte en el colegio: si el apoderado se niega a seguir las medidas correctivas, el director envía los antecedentes al Juzgado de Policía Local.
- La sanción solo aplica cuando se demuestre negligencia, culpa o falta de voluntad del apoderado, no por causas fuera de su alcance.
Lo que dice la Corte Suprema
El pleno de ministros valoró positivamente que la competencia recaiga en los Juzgados de Policía Local, por su experiencia en temas infraccionales. También calificó como "acertado" que el incumplimiento sea imputable a los padres, protegiendo a quienes no puedan controlar la situación.
Sin embargo, el tribunal advirtió que la ley debe delimitar el concepto de "medidas correctivas" para evitar vacíos legales al momento de aplicar las sanciones. Además, sugirió reubicar la disposición dentro del DFL 2 por razones técnico-legales.
Lo que hay que mirar
El proyecto sigue en discusión legislativa. La principal tarea del Congreso será incorporar las observaciones de la Corte Suprema, especialmente la definición precisa de las medidas que los colegios pueden exigir a los apoderados. De no aclararse ese punto, podrían surgir disputas sobre qué tipo de incumplimiento amerita una multa.